Artículo Disposición adicional séptimaDisposición adicional séptima
Disposición adicional séptima. Concertación con entidades privadas.
El Gobierno de Cantabria elaborará mediante Decreto los criterios que rijan la concertación con establecimientos, centros y servicios sanitarios y sociosanitarios de titularidad privada.
Norma publicada: 10 de diciembre de 2002